sábado, 7 de enero de 2012

LAS EMPLEADAS DE HOGAR SE EQUIPARAN AL RESTO DE TRABAJADORES

EL PAÍS - Madrid - 02/01/2012

El empleo doméstico -en su inmensa mayoría desempeñado por mujeres- disfruta desde ayer casi las mismas condiciones laborales y de cotización que el resto de los sectores. Cualquier trabajo doméstico implica desde este año la existencia de un contrato escrito (hasta ahora podía ser verbal) y la retribución deberá equipararse, al menos, al salario mínimo (641,41 euros al mes). Además, las familias deberán cotizar por sus empleadas de hogar desde la primera hora trabajada, frente al modelo anterior, que solo obligaba a partir de 20 semanales.

El nuevo marco laboral establece que la retribución en especie no superará el 30% del total y, una vez detraída, el salario no podrá quedar por debajo del mínimo. Con la regulación en vigor hasta diciembre, a las empleadas se les podía restar hasta un 45% de su sueldo en concepto de manutención.
Además, las trabajadoras recibirán dos pagas extraordinarias al año (hasta ahora eran medias pagas) y se mejorará el descanso entre jornadas. El nuevo marco laboral y de Seguridad Social fue aprobado por el anterior Gobierno socialista para que entrase en vigor en 2012 tras 25 años en que este colectivo se regía por unas condiciones arcaicas.

 

Sin derecho a paro

 

En el ámbito laboral, se mantiene como causa de despido la mera voluntad del empleador, pero deberá comunicarlo de forma expresa. En los nuevos contratos, se amplía de siete a 12 días de salario por año de servicio la indemnización. Queda pendiente, eso sí, el proyecto más ambicioso: el acceso a la protección por desempleo.

En Seguridad Social, las empleadas de hogar se integran en el régimen general y cotizarán desde la primera hora. Para ello, se establecen 15 tramos de cotización con unas bases que van desde los 90,2 euros mensuales hasta los 748,2. Para relaciones laborales ya existentes, empleadores y empleados tendrán hasta el 1 de julio para regularizar su situación. También se establece un periodo transitorio, hasta 2019, para equiparar las cotizaciones de estos empleados a las del régimen general.

UGT consideró ayer un "logro histórico" el nuevo marco, que afectará a unas 700.000 personas del servicio doméstico en España. En un comunicado, el sindicato aseguró que pedirá una reunión al nuevo Gobierno para tratar de la reforma de este sector






Como hemos podido observar, el título de esta noticia hace referencia al género femenino, debido a que la gran mayoría de empleadas del hogar son mujeres.
Así, según cifras del Instituto Nacional de Estadística INE aproximadamente 800 mil personas trabajan como empleados o empleadas del hogar y más del 90% son mujeres -según se desprende del informe de la 99 Conferencia Internacional de Trabajo de 2010 de la OIT.
Además, el 60% de las empleadas de hogar son inmigrantes (provenientes mayoritariamente de América Latina). Este hecho nos invita a reflexionar sobre la conocida feminización de la pobreza, ya que un gran número de mujeres, independientemente de su nacionalidad, ven vulnerados sus derechos y sufren una fuerte discriminación en materia de Seguridad Social con respecto a otros sectores productivos
Estamos ante un colectivo por tanto que sufre una triple discriminación, por ser mujeres, por ser inmigrantes, y por pertenecer a uno de los sectores más desregulados.
Las empleadas del hogar, mayoritariamente desempeñan trabajos de limpieza y cuidado de personas dependientes, empleos desempeñados en su mayoría por personas poco cualificadas, y que al mismo tiempo reciben escasa remuneración.
Este empleo sitúa a las empleadas y empleados de hogar en una posición de inferioridad con respecto al resto de trabajadores. Afortunadamente, a partir del 1 de enero de 2012, el Régimen Especial de Empleados de Hogar pasará a integrarse dentro del Régimen General de la Seguridad Social. Este hecho, de carácter histórico, permitirá acabar con la discriminación que venían sufrien­do, al dotar a quienes trabajan en el empleo doméstico de una serie de prestaciones homogé­neas a las del resto de sectores productivos.
De este modo, quienes trabajen en el empleo doméstico tendrán derecho a las mismas prestaciones que ya tienen reconocidas el resto de trabajadores del Régimen General, aun así quedan pendientes la equiparación de algunos derechos como, por ejemplo, que los trabajadores domésticos no cotizarán por desempleo ni tendrán derecho al mismo, algo que, deseo, regulen lo antes posible. No obstante, lo anterior es una buena noticia.
CELIA MARTÍNEZ BAENA, GRUPO G
3º de GRADO en TRABAJO SOCIAL

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